Asesoría en prevención de riesgos laborales para empresas


Los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales son el conjunto de medios humanos y materiales que asesoran al empresario, a los trabajadores y a sus representantes para garantizar la seguridad y salud laboral. El servicio de prevención propio es la estructura preventiva interna de la empresa, integrada en su organización y orientada a planificar, aplicar y controlar la actividad preventiva.

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Integrado en la empresa

La prevención se gestiona desde dentro y forma parte de la actividad y de la toma de decisiones.

Obligatorio en determinados supuestos

Debe constituirse cuando concurren los requisitos legales de tamaño, actividad o decisión de la autoridad laboral.

Equipo técnico especializado

Debe contar, como mínimo, con dos disciplinas preventivas desarrolladas por técnicos de nivel superior.

Puede complementarse externamente

Si no cubre todas las disciplinas, las restantes pueden asumirse de forma externa.

¿Qué es el servicio de prevención propio?


Es la modalidad preventiva interna mediante la que la empresa organiza, desde su propia estructura, los medios humanos y materiales necesarios para desarrollar las actividades de prevención de riesgos laborales.

Organización interna

La empresa asume la gestión preventiva con recursos propios y una estructura interna específica.

Planificación y control

El servicio de prevención propio planifica, aplica y supervisa las acciones preventivas, su eficacia y su mantenimiento.

Integración normativa

La prevención debe integrarse en el conjunto de actividades y decisiones de la empresa, conforme a la Ley 31/1995 y al Real Decreto 39/1997.

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¿Cuándo es obligatorio constituir
un servicio de prevención propio?


Más de 500 trabajadores

Necesitas constituir un servicio.

Entre 250 y 500 en actividades peligrosas

Radiaciones, sustancias tóxicas, explosivos...

Determinación de la autoridad

Si así lo dispone la autoridad laboral.

Decisión voluntaria de la empresa

Cuando decida implantarlo así.

¿Qué incluye la asesoría en prevención?


Evaluación de riesgos en los puestos y en el entorno de trabajo.


Entre 250 y 500 en actividades peligrosas

Radiaciones, sustancias tóxicas, explosivos...


Determinación de la autoridad

Si así lo dispone la autoridad laboral.


Decisión voluntaria de la empresa

Cuando decida implantarlo así.

¿Qué se necesita para constituirlo?


La empresa debe cumplir con el Real Decreto 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

Como soporte técnico, es necesario redactar la política preventiva de la empresa, definir los procedimientos internos y disponer de los registros documentales necesarios para acreditar la implantación del sistema.

También debe prepararse la auditoría obligatoria que corresponde tras el primer año de constitución del servicio de prevención propio.

Servicio de prevención mancomunado

El incumplimiento de la normativa preventiva puede derivar en responsabilidades administrativas y, en determinados casos, incluso penales. Tras una inspección laboral, las infracciones pueden calificarse como leves, graves o muy graves, con sanciones económicas de importe creciente. Objetivo del bloque: reforzar el valor del servicio desde la prevención de riesgos, el cumplimiento legal y la reducción de exposición a sanciones.

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